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SANIPES PONE EN RIESGO LA SOSTENIBILIDAD DE LA ACUICULTURA

  • Foto del escritor: MARICULTORES SECHURA
    MARICULTORES SECHURA
  • 6 jun 2020
  • 8 Min. de lectura


EL SANIPES, INSTITUCIÓN PERTENECIENTE AL MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, PONE EN RIESGO LA SOSTENIBILIDAD DE LA ACUICULTURA DESARROLLADA POR LOS PESCADORES ARTESANALES DE NUESTRO PAÍS.

Al Sr. presidente de la República.

Al Sr. presidente del Consejo de Ministros.

A la Sra. ministra de la Producción

A los Sres. Congresistas

Al Pueblo de Sechura

Al Público en general

El CONSEJO DE MARICULTORES, institución que representa a las 230 Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales que se dedican a la acuicultura de moluscos bivalvos en la bahía de Sechura, que migramos a cultivar ante una situación de crisis por la escasez de recursos del mar que cada día se agotan; expresamos lo siguiente:


Con fecha 03 de junio se promulga en el diario oficial El Peruano, la Resolución Ministerial N° 169-2020-PRODUCE, mediante la cual se dispone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica la Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos, aprobada por Decreto Supremo Nº 07-2004-PRODUCE”.


El proyecto de Decreto Supremo, entre otros puntos plantea las siguientes modificaciones:

“Art. 23.1 Los operadores que realizan actividades dentro de las áreas de producción, incluyendo las áreas reinstaladas o remotas, garantizan la inocuidad de los moluscos bivalvos extraídos, recolectados y/o cosechados en éstas, cumpliendo con la frecuencia del monitoreo de los límites máximos de control y/o detección de los criterios sanitarios previsto en la presente norma”.


“Art. 23.2 Las entidades de ensayo que brinden los servicios a los operadores según el numeral precedente, remiten a SANIPES los resultados de los ensayos correspondientes, en formato electrónico, en el día de obtenidos dichos resultados”.

“Art. 27.2. Los costos que signifiquen la ejecución del Programa de Aseguramiento de la Calidad y/o de los controles aplicados por los operadores que permitan la extracción, recolección y/o cosecha de los moluscos bivalvos son sufragados por los beneficiarios directos de la explotación de estos recursos”.

Las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales que nos dedicamos al cultivo de moluscos bivalvos en la bahía de Sechura, RECHAZAMOS la modificatoria de la norma en los términos de trasladar el CONTROL OFICIAL a LABORATORIOS PRIVADOS como entidades de ensayo, en tanto la autoridad sanitaria y el Perú cuentan con una red de laboratorios nacionales, en los que el país invirtió en su construcción e implementación, que han sido auditados a nivel internacional y tienen una confianza ganada en las autoridades internacionales de los mercados de destino. La red de laboratorios nacionales fue fundamental para que la Dirección General de Salud e Inocuidad Alimentaria de la Unión Europea - DG Santé apruebe la auditoría que realizó a la cadena de producción de moluscos bivalvos vivos en el 2017 en nuestro país. El informe final de la autoridad sanitaria de la Unión Europea manifiesta explícitamente que hay una clara mejora en el enfoque adoptado por la autoridad competente hacia el control oficial de los moluscos bivalvos y que el hecho de que el programa oficial de control de monitoreos se haya transferido completamente de las partes interesadas a la autoridad competente y a sus laboratorios oficiales ha sido extremadamente beneficioso para poner todo el sistema bajo control oficial efectivo. Que el desempeño de la red de laboratorios nacionales de la autoridad competente que realizan pruebas de todo el programa oficial en el país, permite a las autoridades proporcionar las garantías requeridas con respecto a la confiabilidad de los resultados de las pruebas. Además indica que en el Perú, históricamente, los interesados habían financiado los monitoreos y el hecho de que la autoridad competente haya comenzado a financiarlos en lugar de las partes interesadas, ha eliminado posibles conflictos de intereses; reiterando en diferentes pasajes del informe que la transferencia de las tomas de muestras y monitoreos de los interesados a la autoridad ha eliminado los posibles conflictos de intereses, lo que proporciona una confianza adicional en el Sistema de Control Oficial.


Los moluscos bivalvos cuentan con una legislación especial y deben provenir de áreas clasificadas sanitariamente por la autoridad competente, la misma que debe establecer un Programa de Vigilancia mediante Controles Oficiales con puntos de muestreo y frecuencias establecidas. Estos controles estatales, se realizan porque las zonas marino costeras donde se desarrollan los moluscos bivalvos reciben la descarga de ríos, actividades industriales y descargas de efluentes de poblaciones asentadas en la costa en las cuales el estado tiene la responsabilidad de proveer sistemas básicos de agua y alcantarillado que muchas veces no provee. En el caso de la bahía de Sechura se cuenta con una zona de amortiguamiento que busca que la contaminación de origen fecal e industrial de las poblaciones asentadas en la línea de costa y la contaminación proveniente de la descarga de los ríos no afecten o lleguen al polígono donde se desarrollan los moluscos bivalvos, porque estos animales acuáticos se alimentan por filtración y pueden acumular contaminantes y/o agentes patógenos que pudieran encontrase en el agua de mar, que si bien no afectan la salud de los moluscos, si pueden afectar la salud de las personas que los consuman; y según la Ley N° 26842, Ley General de Salud “La salud pública es responsabilidad primaria del Estado. (…)” y “La protección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado (…) vigilarla y promoverla”.


Los moluscos se extraen solo cuando el estado apertura o abre las áreas de mar, luego que través de los programas de control sanitario, la autoridad competente determina que se encuentran libres de contaminación. Los moluscos extraídos y/o cosechados por las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales se trasladan a plantas de proceso y congelado, que cumplen con las exigencias y estándares de calidad del exigente mercado europeo, donde se cuenta con estrictos programas de Higiene y Saneamiento, Programas de Buenas Prácticas y Programas HACCP, y que antes de comercializarse, se establecen rigurosos programas de muestreo elaborados por la autoridad sanitaria y análisis realizados en laboratorios de Entidades de Ensayo autorizadas por la autoridad competente, los mismos que son sufragados por los productores, garantizando la inocuidad de los alimentos con el propósito de proteger la vida y la salud de los consumidores.


La actividad acuícola desarrollada por pescadores artesanales en la bahía de Sechura se ha consolidado, generando miles de puestos de trabajo, constituyéndose en la primera fuente de ingresos y principal actividad económica de la provincia de Sechura, siendo una actividad muy importante y de alto impacto social en la Región, que contribuye con ingresos de divisas a través de las exportaciones de la concha de abanico. El ejercicio de la maricultura implica una obligación de pago de impuestos por el desarrollo de la actividad e ingreso de divisas por la exportación de los productos, que mantiene con estos ingresos la capacidad operativa del estado en temas sanitarios y medioambientales. Trasladar el pago de los monitoreos a los pescadores artesanales, que es de responsabilidad exclusiva del estado, duplicaría la obligación de pagos de los mismos, lo que produce UN EFECTO CONFISCATORIO por parte del estado.


En el 2016, previo a la auditoría de la DG Santé, el Perú modificó positivamente la Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos, mediante el Decreto Supremo N° 020-2020-PRODUCE, con el cual los controles oficiales de las áreas de producción los asume la autoridad sanitaria, homologando nuestra normativa a la normativa de la Unión Europea-UE. El equipo especializado de la autoridad sanitaria de la UE en su informe final luego de la auditoría, manifiesta explícitamente que hay una clara mejora en el enfoque adoptado por la autoridad competente peruana hacia el control oficial de los moluscos bivalvos, que observó importantes cambios positivos en el Sistema de control oficial de Moluscos Bivalvos pero que estas mejoras son relativamente recientes y se necesita más tiempo para consolidarlas. Que los controles que implican el muestreo con los laboratorios de la red nacional son confiables; pero que esta fiabilidad podría verse afectada si Perú decide restablecer el uso de laboratorios privados para el Programa Oficial de monitoreos. Creemos que aun cuando se establecieran sistemas de control y supervisión sobre los laboratorios privados, con cuya información de Control Oficial sobre las áreas de producción se toman importantes decisiones de apertura y cierres de las mismas, siempre se va a generar desconfianza por posibles conflictos de intereses.


En el año 2008 ocurrió un brote de Virus de Hepatitis A en España, provocado por la importación de almeja coquina (Donax spp.) que ocasionó que todas las importaciones de mariscos peruanos fueran prohibidas en la Unión Europea y el 12 de noviembre del 2008, la Autoridad Sanitaria Europea, publicó la Decisión 2008/866/CE en el Diario Oficial de la Unión Europea, relativa a las medidas de emergencia para la suspensión de las importaciones de determinados moluscos bivalvos destinados al consumo humano procedentes de Perú. Con esta Decisión los estados miembros de la UE suspenden la importación en la Comunidad de moluscos bivalvos procedentes de Perú a excepción de: Pectínidos eviscerados de origen acuícola (concha de abanico procedente solo de acuicultura) y moluscos bivalvos no pectínidos que hayan sido sometidos a un tratamiento térmico.


Con Decisión de Ejecución (UE) 2018/1583 de la Comisión, del 18 de octubre de 2018; por la que se modifican los anexos I y II de la Decisión 2006/766/CE en lo que respecta a la importación de moluscos bivalvos y productos de la pesca procedentes de Perú y Myanmar/Birmania destinados al consumo humano, la Autoridad Sanitaria de la Unión Europea ratifica que la autorización de las importaciones de moluscos bivalvos procedentes del Perú debe limitarse SOLO a conchas de abanico evisceradas procedentes de la acuicultura.


Es decir, en la actualidad el único molusco bivalvo que puede exportar el Perú, es la concha de abanico, y debemos cuidar este delicado estatus con el principal mercado de nuestras producciones.


Modificar la Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos luego de haber aprobado la auditoría internacional de la UE realizada el 2017, regresando los monitoreos a LABORATORIOS PRIVADOS es anti técnico, genera una estela de desconfianza por conflictos de intereses y es un retroceso para el Perú, que vulnera los derechos de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales que viven de la maricultura, actividad de alto impacto social que genera miles de puestos de trabajo.


Que se haya modificado la Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos de manera positiva previo a la auditoría internacional del 2017, para luego de obtener resultados positivos en la misma, se pretenda modificar nuevamente la norma, regresando los monitoreos a LABORATORIOS PRIVADOS, proyecta una imagen de poca seriedad como país, en una relación con las autoridades sanitarias de los mercados internacionales de destino, que está basada en la confianza generada por los hechos y decisiones coherentes en la línea del tiempo; y que nos colocaría en una situación de vulnerabilidad a futuro.


La norma propuesta por SANIPES desarrolla una interpretación errada del derecho pesquero y acuícola, pues no tiene en cuenta que los monitoreos son una actividad privativa y exclusiva del estado, para garantizar de manera imparcial la inocuidad y salubridad en la actividad y por ende en el producto final. El perjuicio de implementar esta medida supone la afectación del derecho al trabajo de los pescadores artesanales, garantizados en el artículo 2 de la Constitución y además vulnera el artículo 59 de la Carta Magna, puesto que bajo el argumento de proteger la calidad e inocuidad se restringe la libertad de emprender de los pescadores artesanales, al disponer el pago de los monitores a los que ejercen la actividad, TRASTOCANDO LA ECONOMÍA DE LOS MARICULTORES, mientras que el estado se libera de sus propias obligaciones.


No entendemos la URGENCIA del SANIPES por modificar de manera anti técnica la norma, pretendiendo que los Controles Oficiales los realicen LABORATORIOS PRIVADOS en plena pandemia del COVID pretendiendo trasladar este costo a los productores, con los consabidos problemas de falta de liquidez de las organizaciones productivas y que mientras en otros sectores se hacen esfuerzos denodados para apalancar financieramente la reactivación económica tan necesaria para el país, la autoridad sanitaria, sin ningún atisbo de sensibilidad social, propone cambiar la norma para que las Organizaciones Sociales solventen el Control Oficial que es RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA de la autoridad competente.


En este sentido:

1.- Declaramos PERSONA NO GRATA al Presidente Ejecutivo del SANIPES por atentar contra los derechos fundamentales de los pescadores artesanales y solicitamos su remoción del cargo.

2.- RECHAZAMOS el proyecto de Decreto Supremo que pretende modificar la Norma Sanitaria de Moluscos Bivalvos Vivos por ser lesivo a los intereses de las Organizaciones Sociales de Pescadores Artesanales de Sechura y del país, y por ser lesivo para la imagen del Perú; por lo que solicitamos dejar sin efecto la propuesta de modificación.

CONSEJO DE MARICULTORES

 
 
 

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